Derogación Ordenanza Nº14.620 y su modificatoria Ordenanza Nº14.766.

Se promulga la Ordenanza Nº15.471, en la Ciudad de Salta a los 27 días del mes de Agosto del año 2018.

La normativa reemplaza a la ordenanza Nº 14.620, que refiere a la temática e incluye apartados no previstos con anterioridad, como el de fijar una reducción tributaria para los comerciantes que cumplan con lo dispuesto. La redacción de la resolución comenzó en marzo del mismo año con el objetivo de crear una norma superadora a la que se encontraba vigente. Se logró establecer una propuesta compuesta por 19 artículos, que fija una autoridad de aplicación (la Secretaría de Desarrollo Social Municipal) y establece su alcance a locales comerciales y vendedores ambulantes con parada fija o transitoria a 100 metros a la redonda de instituciones educativas. Además se crea una comisión especial encargada de asesorar sobre aspectos vinculados al correcto cumplimiento de la norma y se incentiva la celebración de convenios de participación para promocionar el consumo de alimentos saludables.

Por otra parte, se creará un Registro Único de Kioscos Escolares Saludables que se encuentren en funcionamiento

Estrategia:

  • En el artículo 14 de la ordenanza anterior se fijaban multas para los que no cumplieran con lo dispuesto en la ordenanza. La nueva redacción cambia la intención, llevándola de sancionatoria a incentivo mediante la reducción tributaria para quienes incorporen en sus kioscos productos saludables y con ello ayuden a mejorar la alimentación de niños y adolescentes en las escuelas.
  • La ordenanza especifica que "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer un régimen de incentivo de reducción tributaria al momento de su reglamentación, el cual no podrá superar el 50% del total de lo que corresponde al tributario en cada caso. Este beneficio tendrá un plazo de un año, el que podrá ser renovado por idéntico periodo".
  • En el texto se establece además que los kioscos escolares saludables deberán ir incorporando "gradual" y "progresivamente" la venta de alimentos y bebidas incluidas dentro de la guía de "alimentos saludables".
  • Además, deberá sumar a la oferta habitual la de alimentos aptos para celíacos, diabéticos e intolerantes a la lactosa, los que tendrán que estar debidamente etiquetados.
  • Por último, todos los alimentos que se ofrezcan en el kiosco escolar deberán estar etiquetados según las normas del Código Alimentario Argentino. 

Disponible en: http://200.68.105.23/cdsalta-digesto.gov.ar/ordenanzas/O-2018-15471.htm

 

 

   
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